La lucha por la defensa de los Derechos Humanos implica, necesariamente, el firme compromiso de reivindicar una justicia reparadora cuando estos se vulneran.

CeAQUA2013

Las víctimas de los crímenes cometidos durante el franquismo llevamos décadas esperando esa Justicia sin posibilidad de obtenerla en nuestro país. La sentencia de 27 de febrero de 2012 de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, sobre la causa del Juez Baltasar Garzón, determina que no hay investigación posible de estos crímenes al estar prescritos y amnistiados por la Ley 46/1977 de Amnistía. Una Ley que liberaba a los presos políticos también sirvió, de forma dolosa para las víctimas, para mantener la impunidad de forma permanente de aquellos que habían actuado o colaborado en crímenes de Lesa Humanidad bajo el Estado dictatorial. La perversión de nuestro sistema legal nos hace convivir con los torturadores, asesinos, explotadores, ladrones de niños, y represores que todavía siguen con vida y, en algunos casos, activos en cargos de poder.

A pesar de que el Estado español ha ratificado tratados internacionales de Derechos Humanos, y en concreto la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, sigue sin respetar la normativa a la que está obligado por el Derecho Internacional, tal y como se expuso en las observaciones preliminares que realizó el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas, sobre las desapariciones forzadas o involuntarias,  que visitó España del 23 al 30 de septiembre de 2013.

Si bien son extremadamente importantes las advertencias y recomendaciones hechas al Estado español por los representantes de la ONU para que cumpla con la Convención y, por extensión, con otros tratados internacionales, este organismo no tiene ninguna competencia jurisdiccional para investigar los delitos de lesa humanidad ocurridos en nuestro país ni de  juzgar a los criminales que los realizaron.

Sin embargo, existe una posibilidad para la víctimas de la dictadura de conseguir Justicia: es la Querella interpuesta el 14 de abril de 2010 en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 de Buenos Aires, República Argentina, a cargo de la Jueza María Servini de Cubría. La Causa 4591/2010, denominada “N.N. por genocidio y/o crímenes de lesa humanidad cometidos en España por la dictadura franquista entre el 17 de julio de 1936, comienzo del golpe cívico militar, y el 15 de junio de 1977, fecha de celebración de las primeras elecciones democráticas”, es LA ÚNICA CAUSA ABIERTA CONTRA LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO EN TODO EL MUNDO. Se fundamenta jurídicamente en el principio de Jurisdicción o Justicia Universal, conforme al cual los tribunales de Justicia de cualquier país pueden y deben actuar cuando se cometen crímenes que afectan y ofenden a la comunidad internacional.

El que esta Querella haya avanzado tanto, hasta el lanzamiento de las  órdenes de detención contra varios torturadores franquistas, ha sido fruto (además del valioso e imprescindible trabajo de sus abogados, Ana Messuti y Carlos Slepoy desde España, y de David Baigún, Máximo Castex, Ricardo Daniel Huñis, Beinusz Szmukler, Héctor Luis Trajtemberg y Carlos Mariano Zamorano desde Argentina) de los esfuerzos y actuaciones de los propios querellantes y simpatizantes agrupados en la Coordinadora Estatal de apoyo a la Querella argentina, CeAQUA. Esta es la primera Coordinadora que reunió y organizó a las diferentes Plataformas Estatales y a la Plataforma argentina que trabajan en promover, difundir y colaborar en el avance de la Causa, y  la única entidad  a través de la cual, y de sus abogados, se puede asegurar un trámite adecuado, seguro y efectivo de las querellas presentadas.

En conclusión:

Existen en España diversas asociaciones de memoria, plataformas, entidades políticas, sindicatos, una iniciativa por una comisión de la verdad, etc., que de una u otra forma abordan el franquismo y sus consecuencias como creen conveniente. La resolución de la jueza Servini del 19 de septiembre es nítida y clara. Define los crímenes, desvela su origen, señala a los responsables y marca los primeros pasos que se deben seguir. Ese es el terreno en que nos movemos ahora. Y, en ese terreno, la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina es la única entidad que actúa en nombre, defensa y en representación de los intereses de las personas y entidades querellantes. Ninguna otra entidad nos representa.

La Verdad, la Justicia y la Reparación se abren camino con hechos concretos en los 204 folios del juzgado de Buenos Aires. (Auto de resolución de la Jueza) Hay otras iniciativas en el campo de la memoria, pero en lo referente a la vía judicial solo hay una y está organizada en CeAQUA.

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